El Tribunal Superior Electoral (TSE) ordenó al Partido Revolucionario Dominicano permitir a Guido Gómez Mazara el acceso a los locales de esa organización política.
El TSE aclaró que dicho acceso debe ser de conformidad con lo dispuesto en el parrafo II del articulo 4 del estatuto del partido, no pudiendo Mazara realizar actos de campaña interna en los locales del PRD hasta que esta no sea declarada abierta conforme lo preve el parrafo I del articulo 4 del referido estatuto.
Dirigentes de la Corriente de Rescate del PRD habían elevado un recurso ante el TSE, tras la negativa de las autoridades de ese partido de facilitarles el acceso a los locales de la organización.
El tribunal otorgó un plazo de 15 dias a partir de la notificacion de la decision, para que el PRD cumpla con lo ordenado previamente.
Después de vencido el plazo y si el partido no cumple con lo dispuesto, el TSE impuso al partido blanco, un astreinte de mil pesos diarios por cada dia que persista en el incumplimiento, y ordena su liquidacion en provecho de Guido Gomez Mazara.