El juez coordinador de los Juzgados de la
Instrucción del Distrito Nacional declaró inadmisible el procedimiento
en que se hizo la solicitud de homologación del acuerdo firmado entre
Odebrecht y la Procuraduría General de República.
El acuerdo establece que la empresa pagará al Estado con US$184
millones en compensación por el pago de sobornos para ser favorecida con
obras públicas.
El magistrado José Alejandro Vargas ordenó la devolución del acuerdo
al ministerio público y a la empresa brasileña, a fin de que lo
promuevan al amparo del procedimiento establecido para los casos que
compartan la gravedad de los hechos que se investigan.
El juez aclaró en el dispositivo de la sentencia que esto no quiere
decir que el acuerdo se ha rechazado, sino que el procedimiento en el
que se introdujo en el tribunal el pacto.
En el dispositivo de la sentencia que consta de 11 páginas, sostiene
que al recurrir al tribunal para que se homologue el acuerdo en
cuestión, el ministerio público desborda el principio de legalidad, por
cuando condiciona el ejercicio de la acción penal a un criterio de
oportunidad que no le es dado, en virtud de algún mandato legal, que tal
y como han reconocido ambas partes se trata de hechos graves, y en
consecuencia requieren de otro remedio procesal de mayor rigurosidad
jurídica.