El Superintendente de Bancos, Luis Armando Asunción, destacó la
conveniencia de que las personas depositen sus ahorros en las entidades
de intermediación financiera reguladas, sujetas a la Ley Monetaria y
Financiera, 183-02, y no en empresas y personas físicas que captan
recursos al margen de dicha legislación, ofreciendo, por su estado y
proceder ilegal, altas tasas de interés, con la finalidad de captar
recursos.
Asunción indicó que conforme a lo establecido en la Ley
Monetaria, la intermediación financiera, definida como la captación
habitual de fondos del público con el objeto de cederlos a terceros,
está sometida al régimen de previa autorización administrativa y
supervisión continua.
Además, durante un encuentro con
periodistas y ejecutivos de medios de comunicación, el funcionario
aclaró que las 33 entidades a las cuales se refirió un periódico hace
unos días, diciendo que la Superintendencia de Bancos (SIB) había
anunciado la cancelación de sus registros, corresponde a un proceso que
se había iniciado desde enero de 2015 y que algunas de las entidades
estaban fuera del sistema desde 1989.
Destacó que la
Superintendencia de Bancos (SIB) ha venido ejecutando un proceso de
saneamiento del sistema financiero, orientado a excluir aquellas
entidades de intermediación financiera que no presentan perspectivas de
continuidad de negocios y representan riesgos para el pago de los
ahorros de los clientes.
Asunción recordó que la Superintendencia
protege los recursos de los depositantes, y que con la disolución de
una entidad de intermediación financiera, el organismo supervisor
garantiza que al menos el 96% de los depositantes reciban el pago de sus
ahorros, como ha ocurrido en casos recientes, según explicó.
“Es
decir, que cuando un ahorrante, deposita en una entidad regulada por la
Ley Monetaria y Financiera, tiene la seguridad de recibir el pago de
sus ahorros hasta ese monto”, afirmó el funcionario al citar la
legislación.