El superintendente de Bancos, Luis Armando Asunción, se reunió con
los representantes de las cincuenta y tres (53) firmas de auditores
externos autorizadas por la Superintendencia de Bancos a realizar
auditorías en las entidades de intermediación financiera y cambiaria,
con la finalidad de presentar el desempeño exhibido por las auditoras
durante el periodo 2015-2016, así como las expectativas de la
Superintendencia de Bancos con relación a los trabajos de auditoría
externa en las entidades supervisadas.
Asunción indicó que las
firmas de auditores externos, pueden contribuir significativamente a
mejorar la calidad de las operaciones, la posición financiera y en
consecuencia, la estabilidad financiera de las mismas, en la medida en
que produzcan resultados de calidad, coadyuvando de esta manera a
promover la confianza del mercado en los estados y resultados de las
Entidades de Intermediación Financiera y Cambiaria, lo que constituye a
su vez, un factor clave para una supervisión bancaria eficaz, por el
aporte de información valiosa y de calidad al proceso de supervisión.
Destacó
que la Superintendencia de Bancos ha implementado un programa de
revisiones de calidad a las auditorías externas realizadas por las
firmas de auditores que prestan servicios en las entidades de
intermediación financiera, con el objetivo de promover la mejora en la
calidad de las mismas y potenciar la efectividad de la supervisión
prudencial, contribuyendo así, de igual manera, con la estabilidad
financiera del sistema.
Asunsión señaló que las principales
oportunidades de mejoras identificadas en las revisiones de calidad de
las auditorías están relacionadas a la evaluación del auditor sobre la
exactitud de los estados financieros; procedimientos de confirmación de
deudores por préstamos, cuentas de clientes depositantes y cuentas
bancarias; evaluación de los controles de los sistemas de tecnología de
la información (TI); supuesto de negocio en marcha; alcance y naturaleza
de los procedimientos realizados en el examen de la cartera de
créditos, ingresos y gastos financieros, y otros ingresos de las
entidades; examen de las contingencias; revisión de las actas del
consejo y de asamblea de accionistas; así como a la comunicación de
debilidades identificadas en el sistema de control interno.
Indicó
que como consecuencia de los resultados del proceso de revisión de
calidad realizado por la Superintendencia de Bancos, durante el período
2015-2016, se sancionó a tres (3) firmas de auditores externos, por la
realización de trabajos de auditoría no satisfactorios, y un total de 14
firmas fueron excluidas del registro, por no cumplir con los requisitos
para su registro y actualización.
Expectativas
Con
relación a las expectativas de la Superintendencia de Bancos sobre los
trabajos de auditoría externa en las entidades supervisadas, Asunción
indicó que ese organismo supervisor espera que las firmas sean
proactivas para prevenir y mejorar las debilidades identificadas e
insistir continua y reiteradamente con su personal, sobre la necesidad
de llevar a cabo las auditorías con el debido cuidado técnico,
incluyendo escepticismo profesional.
Asunción precisó que las
firmas de auditores externos deben asegurar que su personal técnico
asignado al trabajo de las auditorías externas en las entidades
supervisadas, posean un adecuado conocimiento del sector bancario y
financiero, y competencia suficiente, para comprender cualquier
requisito normativo, que les permita responder de manera idónea y eficaz
a los riesgos de errores materiales en los estados financieros de las
entidades auditadas, teniendo en cuenta la complejidad de las
actividades de la entidad auditada y la eficacia del entorno de control.
El
Superintendente señaló que las firmas de auditores externos deben
cumplir con la Norma Internacional de Control de Calidad (NICC) 1, para
asegurar el cumplimiento de las normas de auditoría y los requisitos
establecidos en el Reglamento de Auditores Externos.
Reiteró que
las firmas y los socios que firmen el dictamen, son responsables de las
consecuencias derivadas de sus informes, y de comunicar la posible
existencia de malas prácticas que afecten a la entidad, al Comité de
Auditoría o al Consejo de Directores, o su equivalente, así como a la
Superintendencia de Bancos, y precisó que los resultados de las
revisiones de calidad pueden conducir a un procedimiento sancionador
administrativo, cuando se detecten deficiencias de manera recurrente, y a
la posible suspensión o revocación del registro en ese Organismo
Supervisor.