La
Superintendencia de Bancos, tiene a bien aclarar que hasta el día de
hoy, no ha recibido requerimiento de informe técnico alguno de parte de
la Fiscal del Distrito Nacional, para esa instancia judicial accionar
frente a las diversas querellas interpuestas por diferentes personas en
contra de los señores Luis Santoro Castellano, Grabiel A. Jimenez Aray, y
los hermanos Nelson Serret Sugrañez, Carlos Alberto Serret Sugrañez, y
Jorge Serret Sugrañez, accionistas del Banco Peravia de Ahorro y
Crédito SA.
Es
costumbre de esta Superintendencia de Bancos proceder con la remisión
inmediata de cualquier tipo de información requerida por la Fiscalía; ya sea lo requerido de índole personal, o técnico, pero siempre ajustada al cumplimiento de las formalidades legales.
Es
importante resaltar que la Superintendencia de Bancos actúa en el marco
de la Ley Monetaria y Financiera, pero las querellas depositadas además
de tipificar violaciones a la Ley Monetaria y Financiera, también
consignan violaciones a disposiciones previstas en el Código Penal
(abuso de confianza y asociación de malhechores) y Ley de Lavados de
Activos; por cuanto el Ministerio Público no debería condicionar su
accionar a la recepción de un informe de este órgano de la
Administración Monetaria y Financiera, que habrá de surgir en ocasión
del proceso de disolución del Banco Paravia.
Vale señalar además, que la Superintendencia de Bancos, producirá un informe a partir de la ejecución la Resolución la Autoridad Monetaria de fecha 19 de Noviembre del 2014 que ordena la disolución del Banco de Ahorro y Crédito Peravia SA, y en tal sentido mal podría esa Fiscalía condicionar su accionar al recibo de este informe, cuando las querrellas habían sido interpuestas hasta tres meses antes de producirse la resolución de la Autoridad Monetaria.