SANTO
DOMINGO.-El abogado del ingeniero Hipólito Mejía expresó que el presidente de
la Suprema Corte de Justicia evidenció parcialidad en la decisión dictada el
pasado miércoles al elegir “con pinza selectiva” las conclusiones subsidiarias
presentadas en cuarto orden por el director del periódico El Caribe.
El
doctor Julio Cury explicó que “las conclusiones subsidiarias no pueden ser
examinadas ni dirimidas más que después de las principales, porque son
portadoras de pedimentos vertidos con el interés específico de que sean
acogidos solo en para el caso de que los principales sean rechazados”.
Externó
que el artículo 188 de la Constitución le reconoce a los tribunales la potestad
de declarar excepcionalmente la inconstitucionalidad de una disposición legal,
y que el Dr. Mariano Germán Mejía no tiene por “cuenta solitaria” potestad
jurisdiccional para hacer tal cosa.
“Peor
aún, el artículo 51 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional consagra la
competencia del control difuso de la constitucionalidad a favor de los jueces o
tribunales apoderados del fondo del asunto ante el cual se alegue la excepción,
y era el Pleno y no su Presidente el que se encontraba apoderado del fondo de
la acusación”, dijo.
Manifestó
que Germán Mejía incurrió en exceso de poder, falló extra petita e invadió el
perímetro del Pleno al declarar “sin objeto ni efecto” la acusación,
desconociendo que ninguna de las partes le solicitó tal cosa, y que él, como
juez de incidentes, carecía de atribución para asumir esa decisión.
Acusó
a Germán Mejía de masacrar la Constitución “cuya fuerza normativa, valor
vinculante y carácter obligatorio desvirtuó para arrogarse funciones del
monopolio del Pleno, quebrando así el equilibrio del Estado Constitucional en venganza
de un viejo resentimiento personal contra el ex Presidente de la República”,
expuso Cury.