El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible el recurso constitucional de amparo interpuesto por la diputada de la provincia La Vega, Rosa Amalia Pilarte de López, contra el Partido Revolucionario Moderno (PRM) y José Ignacio Paliza y Carolina Mejía, presidente y secretaria general de la organización, respectivamente.
La diputada Pilarte López figura como imputada en el expediente contra su esposo Miguel Arturo López Florencio (Miky López) y sus dos hijos, Ada María Pilarte y José Antonio Román, contra quienes el Ministerio Público presentó acusación ante la jurisdicción de La Vega
La decisión fue tomada en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 1, de la Ley número 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y los procedimientos constitucionales, así como el artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales por “existir otras vías judiciales para reclamar los derechos, alegadamente, vulnerados, que es la impugnación contra actuaciones partidarias concretas habilitada por el artículo 13, numeral 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Superior Electoral, número 29-11 y reglamentado en el artículo 95, del Reglamento de Procedimientos