Frente a la situación creada en la alcaldía de La Vega con la renuncia del alcalde electo para asumir la función de ministro de deportes, seguida de la renuncia de la vicealcaldesa electa, se ha presentado una situación que parece no tener una respuesta precisa en el actual marco constitucional.
Se ha gestado, en consecuencia, un debate jurídico sustancial que debe tomarse con cautela para completar estas vacantes, mantener la legitimidad democrática del gobierno local y preservar el orden constitucional de la República.
Si bien es cierto que la Ley No. 176-07 establece en su artículo 64 que: “Si se produjere vacante en el cargo de síndico/a por cualquiera de las causas que producen la pérdida del mismo, se procederá a posesionar al vicesíndico/a, quien prestará juramento ante el concejo municipal en sesión extraordinaria convocada al efecto”.