Todo paciente que califique y cumpla con el protocolo establecido para someterse a la prueba diagnóstica del COVID-19 será cubierta por el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) mientras se mantenga la emergencia epidemiológica, sea o no afiliado al mismo y su puesta en marcha es de inmediato.
Los pacientes recibirán un reembolso de parte de su aseguradora privada o Administradora de Riesgos de Salud (ARS) o del Seguro Nacional de Salud (SENASA) por vía de la Tesorería de la Seguridad Social, previa auditoría por la SISALRIL.
La decisión está contenida en la Resolución N° 229-2020 emitida ayer por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), en la que se aprueba el procedimiento y las condiciones para la cobertura de las pruebas de laboratorio RT PCR SARS- COVID-2 a la población nacional, tanto para los afiliados al Seguro Familiar de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, así como para los Planes Especiales Transitorios para Pensionados y Jubilados, y del Seguro de Riesgos Laborales y también para quienes no sean afiliados.
Candidatos
Explica la disposición que las pruebas serán administradas conforme a las disposiciones del Ministerio de Salud Pública que establecen que las mismas deberán ser prescritas a personas que presenten dos o más síntomas asociados al COVID-19; que han tenido contactos con pacientes confirmados de esta enfermedad; que hayan estado expuestas a lugares de transmisión en el exterior del país; y a otras que se considere necesario por razones epidemiológica.