Cualquier persona que © contra la vida de la figura presidencial podría ser castigado con una condena de seis mese a dos años de prisión, y una multa a pagar de cincuenta a 500 pesos, según lo que establece el Código Penal dominicano.
En el artículo 89 detalla ademas que se castigará con la reclusión, si los hechos se han cometido o principiado a cometer para preparar su ejecución. Si no ha habido ningún acto cometido o principiado a cometer para preparar su ejecución la pena será la de destierro.
Art. 86.- Toda ofensa cometida públicamente hacia la perso(sic) del Jefe del Estado, se castigará con prisión de seis meses a dos años, y una multa de cincuenta a quinientos pesos.